La unión de los mercados de capitales y el desarrollo sostenible

La unión de los mercados de capitales y el desarrollo sostenible 1

Autor: Otilia García-Rivero

La urdimbre

La preocupación de la sociedad por la sostenibilidad no es una novedad. Tiene sus raíces en el Neolítico, cuando unos poblados agrarios pusieron las primeras piedras de lo que hoy conocemos como civilización. Desde entonces, con distintos apelativos y alcances, el concepto de sostenibilidad ha ido evolucionando junto a la humanidad, pasando por distintos estados: intuitivo, atávico, místico, doctrinario, utilitarista o normativo; aspecto este último en el que destaca, por derecho propio, la Unión Europea.

Los objetivos para alcanzar la sostenibilidad están establecidos en los acuerdos fundacionales de la UE:

• Comenzó su andadura con la sostenibilidad como leitmotiv con la declaración de Robert Schuman tras la devastación causada por la Segunda Guerra Mundial.

• El Tratado de la Unión Europea, TUE, en su preámbulo, declara que la UE está decidida “a promover el progreso social y económico de sus pueblos, teniendo en cuenta el principio de desarrollo sostenible”. En el Artículo 3.1, la UE se compromete a obrar “en pro del desarrollo sostenible de Europa basado en un crecimiento económico equilibrado”; y en el Art. 3.5. con “el desarrollo sostenible del planeta”.

• La Carta de los Derechos Fundamentales establece en su preámbulo que la UE “trata de fomentar un desarrollo equilibrado y sostenible” y en su Artículo 37 que “En las políticas de la Unión se integrarán y garantizarán, conforme al principio de desarrollo sostenible, un nivel elevado de protección del medio ambiente y la mejora de su calidad”.

La libre circulación de capitales es también uno de los fundamentos de la UE:

• Está presente en los acuerdos fundacionales de la UE, desde el Tratado de Roma de 1957, siendo el Tratado de Maastricht de 1992 un hito clave en su desarrollo. Este es el tratado que, además de establecer la Unión Europea, incluyó como uno de sus pilares fundamentales la libre circulación de capitales entre los Estados miembros, dando lugar a la Unión Monetaria (UME), a los criterios económicos de convergencia y al euro.

• Se regula en los artículos 63 a 66 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Sobre estas bases, el proyecto europeo ha ido tejiendo pacientemente minuciosos encajes de Bruselas, con finos hilos normativos, buscando el fomento de la paz y la promoción del desarrollo sostenible; la convergencia en valores, propósitos y mercados. Y ha alcanzado éxitos muy sobresalientes como el Tratado de Maastricht ya referido, así como estrepitosos fracasos, entre los que destacan la falta de ratificación por Francia y Países Bajos de la Constitución Europea en 2005 o las inconclusas crisis financiera de 2008 y del brexit iniciada en 2016.

Tras el abandono del proyecto europeo por parte del país que inventó la lanzadera volante, la enorme maquinaria de la UE ha comenzado a producir nuevas bordaduras normativas en cantidades industriales, producción que ha alcanzado una velocidad inusitada ante el desastre económico derivado de la pandemia COVID-19 que, en palabras de la Comisión Europea, es “la crisis económica más drástica de su historia”.

La novedad es el volumen y la velocidad de la actual producción normativa europea, sin precedentes, para hacer frente a estas crisis:

• El primer plan de acción para la UMC1 llegó en 2015. Al amparo de este plan y de su revisión intermedia en 2017, conocida como 2017 mid term review2, la Comisión ha ido poniendo en marcha iniciativas legislativas con distintos objetivos: facilitar el acceso a los mercados financieros, regular los fondos de capital riesgo -EuVEC- y de emprendimiento social -FESE, un producto paneuropeo de pensiones individuales -PEPP-, el crowdfunding; etc.

• El Plan de Acción Financiar el Desarrollo Sostenible3 de 2018, se está desplegando a través de una batería de Reglamentos y actos delegados que afectan, con nuevas obligaciones, a los distintos actores en la cadena de valor financiera (emisores, proveedores de datos y agencias de calificación, compañías de seguros y bancos, asesores, gestores activos e inversores institucionales, supervisores), con el objetivo de reorientar los flujos de capital hacia una economía más sostenible, integrar los criterios de sostenibilidad en la gestión, así como fomentar la transparencia en los mercados.

• En diciembre de 2019 la Comisión publicó el European Green Deal o Pacto Verde Europeo4, la estrategia europea de crecimiento que tiene como objetivo “transformar la UE en una sociedad equitativa y próspera, con una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, en la que no habrá emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y el crecimiento económico estará disociado del uso de los recursos”. El Pacto Verde se apoya en el Plan de Inversiones para una Europa Sostenible (PIES) y será articulado mediante el Reglamento conocido como “Ley del Clima Europea”.

• En mayo del 2020 la Comisión lanzó el instrumento denominado Next Generation EU5, para hacer frente a la crisis del COVID-19. En su comunicación, la Comisión declaró que “Las opciones que tomemos hoy definirán el futuro para la próxima generación (…) Ese es el motivo por el que el plan de recuperación de la UE debe orientarse hacia la construcción de una Europa más sostenible, resiliente y justa para la próxima generación”.

• Por último, aún en proceso de tramitación, completará la filigrana normativa:

  • La Estrategia renovada en Finanzas Sostenibles6, que, enmarcada en el Pacto Verde Europeo y basada en el plan de 2018, tiene como objetivo impulsar la transformación del sector financiero para que contribuya de forma más rápida y eficaz a la transición. Las consultas sobre la Estrategia renovada fueron cerradas el 10 de febrero de 2021 y su publicación está prevista para junio 2021.
  • Una nueva directiva sobre gobierno corporativo sostenible7, prevista en la acción 10 del plan Financiar el desarrollo sostenible, que formará parte de la futura Estrategia renovada sobre finanzas sostenibles, completando regulaciones previas (en particular la Directiva 2014/95 sobre divulgación de información no financiera y diversidad) y promoviendo la modificación de otras Directivas (como la 2017/1132 sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades relativos a las sociedades de capital o la 2007/36 sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas). Tras la aprobación del informe correspondiente en el Parlamento Europeo, el pasado 10 de marzo, esta nueva directiva, bajo el título Diligencia debida de las empresas y responsabilidad corporativa, podría ver la luz durante el segundo trimestre de 2021, mediante la adopción por parte de la Comisión Europea de un acto ejecución.

Pero para que el capital europeo pueda financiar la transición hacia una economía sostenible, según los ambiciosos compromisos asumidos en la Agenda 2030, el Acuerdo Climático de París y el Pacto Verde Europeo, así como la reparación de los daños provocados por la crisis derivada del brexit y la pandemia COVID-19, es preciso avanzar en la Unión de los Mercados de Capitales europeos.


OTILIA TABLA 1


El tercer plan de la Unión de los Mercados de Capitales

El nuevo plan de acción para alcanzar Una Unión de los Mercados de Capitales para las personas y las empresas8, de septiembre de 2020, ha sido lanzado por la Comisión para avanzar en los objetivos de competitividad y la autonomía de la UE, con la urgencia de:

facilitar la recuperación en la UE tras la crisis provocada por la pandemia COVID-19, movilizando los flujos de capital;

promover la transición hacía una economía ecológica y digital, que requiere enormes inversiones; y

garantizar el crecimiento sostenible desde el punto de vista social y medioambiental.

El plan contempla 16 acciones, desde la educación de clientes minoristas hasta la creación de un código normativo único para los mercados de capitales o la supervisión centralizada por parte de las Autoridades europeas.

Desde el punto de vista de la sostenibilidad, en este tercer plan destacan algunas medidas y acciones:

• Propuesta legislativa para crear un punto de acceso único europeo (ESAP), que facilite a los inversores el acceso a toda la información de las empresas, financiera y relativa a la sostenibilidad, contribuyendo a la consecución de los objetivos del Pacto Verde Europeo (Acción 1).

• Apoyo del acceso a los mercados públicos de empresas pequeñas e innovadoras, simplificando las normas de cotización, con el fin de promover y diversificar su financiación (Acción 2).

• Revisión del Reglamento 2015/760, sobre los fondos de inversión a largo plazo europeos, con el objetivo de canalizar más financiación a largo plazo hacia empresas y proyectos de infraestructura, que contribuyan a la transición sostenible (Acción 3).

• Fomento de la financiación a largo plazo y mediante fondos propios por parte de inversores institucionales, con relación a los bancos y a las compañías de seguros (Acción 4).

• Establecimiento de un sistema que obligue a los bancos a derivar a las pymes a un proveedor de financiación alternativa cuando hubieran denegado una solicitud de crédito (Acción 5).

• Revisión del Reglamento 2017/2402 por el que se establece un marco general para la titulización, con el objetivo de reforzar su papel como instrumento para facilitar la financiación de la economía real frente a la COVID-19, con especial énfasis en las pymes y la transición ecológica (Acción 6).

• Evaluación de la posibilidad de obligar a promover la educación financiera de los ciudadanos europeos con relación a la inversión responsable y a largo plazo (Acción 7).

• Fortalecimiento la confianza de los inversores minoristas en los mercados de capitales, también con relación a la sostenibilidad (Acción 8):

  • Modificación del marco jurídico para que los inversores minoristas reciban un asesoramiento objetivo y adecuado, así como información clara y comparable sobre los productos.
  • Revisión de la actual clasificación de inversores en MiFID II.
  • Si así lo recomienda la evaluación de impacto, creación de una certificación paneuropea para asesores financieros.

• Facilitación de la implicación de los accionistas (Acción 12):

  • Posibilidad de introducir una definición de “accionista” armonizada en la UE.
  • Aclaración y armonización de las normas relativas a la interacción entre inversores, intermediarios y emisores con relación al ejercicio de derechos de voto y operaciones corporativas.

OTILIA TABLA 2

 

OTILIA TABLA 3

 

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La relación entre los planes Financiar el desarrollo sostenible y Unión de los mercados de capitales europeos

Las nuevas regulaciones, estándares y requisitos sobre sostenibilidad en la Unión Europea implican cambios de enorme calado en el sector financiero, que debe cumplir objetivos de transformación muy ambiciosos en plazos muy cortos.

Este proceso de transformación se apoya en un conjunto de normas muy complejas, de distintos niveles, impulsadas por distintos programas y planes de acción concurrentes, que siguen enfoques de desarrollo progresivos, paralelos e interdependientes y que están causando confusión e inseguridad jurídica en los participantes en los mercados.

La situación actual, previa a la publicación de la Estrategia renovada de finanzas sostenibles, se refleja en los siguientes gráficos, que destacan las principales conexiones cruzadas entre las acciones contempladas en algunos de los planes que ya están en marcha, especialmente Financiar el desarrollo sostenible y Unión de los mercados de capitales.



OTILIA TABLA 5

OTILIA TABLA 6

 

OTILIA TABLA 7

 

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OTILIA TABLA 9

Sólo se pueden concluir estas líneas, de momento, recordando las palabras de la Declaración de Robert Schuman en 1950: “Europa no se hará de una vez ni en una obra de conjunto: se hará gracias a realizaciones concretas, que creen en primer lugar una solidaridad de hecho”.

[1] Comisión Europea. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52015DC0468: Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Plan de acción para la creación de un Mercado de Capitales, 30/09/2015

[2] Comisión Europea. https://ec.europa.eu/info/publications/170608-cmu-mid-term-review_es: Mid-term review of the capital markets union action plan, 08/06/2017

[3] Comisión Europea. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX%3A52018DC0097: Plan de Acción: Financiar el desarrollo sostenible, 08/03/2018

[4] Comisión Europea. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?qid=1588580774040&uri=CELEX:52019DC0640. COMMUNICATION FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT, THE EUROPEAN COUNCIL, THE COUNCIL, THE EUROPEAN ECONOMIC AND SOCIAL COMMITTEE AND THE COMMITTEE OF THE REGIONS The European Green Deal, 11/12/2019

[5] Comisión Europea. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=COM:2020:456:FIN: Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones El momento de Europa: reparar los daños y preparar el futuro para la próxima generación, 27/05/2020

[6] Comisión Europea. https://ec.europa.eu/info/consultations/finance-2020-sustainable-finance-strategy_en: Consultation on the renewed sustainable finance strategy

[7] Comisión Europea. https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/12548-Sustainable-corporate-governance. Proyecto de directiva sobre gobierno corporativo sostenible

[8] Comisión Europea. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=COM:2020:590:FIN: Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Una Unión de los Mercados de Capitales para las personas y las empresas: nuevo plan de acción, 24/09/2020

 

Autora:

Otilia García-Rivero. Directora de Estrategia y Políticas de CORPORANCE. Asesora y consultora en Gobierno Corporativo, Compliance y Sostenibilidad, así como Transformación Digital. Cuenta con extensa experiencia internacional, como directiva en compañías del sector financiero y consultoría (Santander, Capgemini, NatWest). Profesora en el programa de Gobierno Corporativo del IAM CEU. Licenciada en Derecho por la UAM y colegiada en el ICAM.