Savings and Investment Union o el reto de convertir el ahorro europeo en competitividad real. Sara Gutiérrez Campiña y Gloria Hernandez Aler

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Necesidad de la Savings and Investments Union

Europa cuenta con todos los ingredientes para ser una economía altamente competitiva: un volumen significativo de ahorro, mercados financieros sofisticados y un entorno institucional estable. Y, sin embargo, algo falla en la receta. El ahorro no fluye con la suficiente eficiencia hacia la inversión productiva, las empresas siguen dependiendo en exceso de la financiación bancaria y la participación de los ciudadanos en los mercados de capitales continúa siendo limitada.

Durante años, los hogares europeos —tradicionalmente grandes ahorradores— han canalizado sus recursos hacia depósitos y productos conservadores, en lugar de orientarlos hacia inversiones que impulsen el crecimiento. Al mismo tiempo, muchas empresas, especialmente pymes y compañías en expansión, encuentran dificultades para acceder a financiación en condiciones competitivas, lo que en ocasiones les lleva a acudir a mercados como el estadounidense. El resultado es una economía con capacidad financiera, pero con menor dinamismo que otras regiones donde los mercados de capitales desempeñan un papel más relevante.

Ese es precisamente el punto de partida de la Savings and Investments Union (SIU): una iniciativa que, enmarcada en la estrategia denominada Brújula de la Competitividad de Europa, busca corregir esta ineficiencia estructural y avanzar hacia un sistema financiero integrado, en el que el ahorro pueda canalizarse sin fricciones hacia oportunidades de inversión en toda la Unión.

Para ello, dentro de la SIU, la Comisión Europea está poniendo en marcha distintas iniciativas que buscan:

  • reducir la fragmentación existente en la UE y eliminar barreras regulatorias,
  • mejorar la financiación para empresas, especialmente pymes y scale-ups,
  • facilitar el acceso de los inversores minoristas a los mercados,
  • reforzar la infraestructura de mercado y la supervisión y
  • canalizar ahorro hacia prioridades estratégicas de la UE.

En este trabajo nos centramos en las medidas que se están desplegando para conseguir la participación de los inversores minoristas en los mercados de capitales.

El inversor minorista como pieza clave de la SIU: la Retail Investment Strategy

Como hemos visto, Europa no solo necesita mercados más integrados; necesita que sus ciudadanos participen activamente en ellos. Y aquí entran en juego distintas medidas a las que pasamos a referirnos.

La primera es  la Retail Investment Strategy (RIS), cuya evolución en marzo de 2026 supone un punto de inflexión en el enfoque regulatorio europeo.

Es necesario recordar que la RIS fue impulsada por la Comisión en 2023, antes de la publicación de la SIU, y que tiene como objetivo canalizar el ahorro de los ciudadanos hacia la inversión. No obstante, el principal problema identificado por los reguladores al analizar por qué los clientes minoristas no optan por invertir radica, fundamentalmente, en la inadecuada gestión de los conflictos de interés, en los elevados costes de los productos —que no siempre pueden considerarse proporcionales al valor que aportan a los inversores— y en la insuficiente educación financiera, que no se compensa con la prestación de servicios adecuados que ayuden a los ciudadanos a tomar decisiones de inversión en su mejor interés.

En lo que respecta a la gestión de los conflictos de interés, la Comisión continúa señalando como núcleo del problema el pago de incentivos o retrocesiones por parte de los fabricantes a los distribuidores, lo que distorsiona el principio básico de que sean los clientes quienes remuneren los servicios prestados por estos últimos. Sin embargo, aunque el problema parece claramente identificado, las presiones ejercidas durante el proceso normativo han dado lugar a un texto definitivo de la RIS considerablemente atenuado. En particular, no se introducen nuevas prohibiciones en materia de incentivos, sino que se opta por exigir a las entidades que justifiquen que los incentivos percibidos son adecuados y compatibles con la actuación en el mejor interés del cliente, a través de lo que se conoce como “test de incentivos”.

Con todo, el hecho de dejar esta justificación en manos de las propias entidades, y, en última instancia, de los supervisores nacionales, puede propiciar una evolución desigual entre los distintos Estados miembros. Ello podría incrementar la fragmentación normativa y generar divergencias en las reglas de juego, un escenario que la experiencia ha demostrado que resulta perjudicial para el conjunto del mercado.

Para abordar la preocupación por los altos costes de los productos, la RIS introduce el concepto de value for money que obliga a que las fábricas de los productos de inversión que justifiquen sus costes en relación con el valor que aportan al cliente y ello con la finalidad de reforzar la confianza del inversor en los productos financieros. Las nuevas obligaciones en materia de value for money exigirán que las entidades fabricantes de los productos justifiquen sus costes en comparación con la media de los costes de productos comparables existentes en el mercado que presenten niveles de rentabilidad similares. El objetivo es garantizar que, cuando existan productos con características equivalentes capaces de ofrecer resultados semejantes, se comercialicen aquellos que presenten costes razonables para los inversores. En consecuencia, si en el mercado existen alternativas más económicas con rentabilidades comparables, los distribuidores deberían optar por aquellas que resulten más eficientes en términos de coste.

Estas medidas están diseñadas para intentar eliminar el principal obstáculo para la participación minorista en los mercados de valores: la complejidad, la desconfianza y la fricción en el acceso a los productos de inversión.

La combinación de SIU y RIS tiene, por tanto, una lógica estratégica. La primera construye la infraestructura y la segunda pretende activar la demanda. Sin un inversor minorista activo, la integración financiera no podrá completarse. Sin mercados integrados, la participación minorista pierde eficacia.

La etiqueta europea de productos de ahorro e inversión

En segundo lugar, la iniciativa de una etiqueta europea de productos de ahorro e inversión se enmarca también el impulso político por construir una verdadera SIU y superar la fragmentación de los mercados financieros europeos. Esta etiqueta —impulsada inicialmente por varios Estados miembros, entre ellos España— busca identificar productos que canalicen el ahorro hacia la economía europea, exigiendo, por ejemplo, una elevada inversión en activos de la UE, un horizonte de largo plazo y ciertas garantías de calidad y transparencia. Su lógica es doble: por un lado, ofrecer al inversor minorista una referencia sencilla y reconocible que genere confianza; por otro, orientar el ahorro hacia la financiación de empresas europeas, reforzando la autonomía estratégica y la profundidad de los mercados de capitales.

En este sentido, la iniciativa de la etiqueta de Finance Europe encaja perfectamente con la visión de Larry Fink manifestada en su carta anual a inversores de BlackRock de 2022, donde describía la entrada en una “segunda globalización”, entendida no como el fin del proceso globalizador sino como su transformación hacia un modelo más condicionado por la resiliencia, la seguridad y la geopolítica, lo que implica cadenas de valor más regionalizadas, mayores costes e inversión en capacidades estratégicas. Así la etiqueta se plantea como una oportunidad para canalizar el capital hacia prioridades industriales, tecnológicas y energéticas alineadas con los intereses europeos.

Savings and Investment Account

En tercer lugar, la Comisión Europea ha propuesto el desarrollo de una cuenta europea de ahorro e inversión (Savings and Investment Account – SIA) como instrumento central para democratizar el acceso a los mercados. Se trata de cuentas ofrecidas por entidades financieras autorizadas que permitirían invertir de forma sencilla en distintos activos financieros, con incentivos fiscales y procedimientos simplificados.

Este enfoque europeo está siendo replicado o complementado a nivel nacional —incluida España— mediante propuestas de cuentas de ahorro e inversión domésticas inspiradas en modelos como la cuenta sueca, la de Reino Unido o la francesa. Estas iniciativas nacionales buscan adaptar los incentivos fiscales y el diseño operativo a cada jurisdicción, pero bajo un mismo objetivo estratégico: simplificar la experiencia del inversor minorista y eliminar barreras de entrada.

No obstante, para impulsar realmente la inversión minorista, no parece que el mero hecho de que un producto cuente con una etiqueta europea o se presenta de manera sencilla sea suficiente para que los clientes se decanten por él frente a otras alternativas. Más allá de los costes y las rentabilidades, resulta esencial dotar a estos productos de elementos adicionales que incrementen de forma efectiva su atractivo y fomenten la voluntad de los inversores de optar por ellos.

En este sentido, las ventajas fiscales desempeñan un papel determinante. Sin embargo, estas no dependen de los reguladores europeos, sino de cada uno de los Estados miembros. Mientras no se promuevan reformas que permitan incorporar incentivos fiscales significativos, parece poco realista esperar que los inversores se inclinen de manera generalizada por este tipo de productos.

Hacia la competitividad de Europa

En conjunto, tanto la RIS como la etiqueta europea y las cuentas de ahorro (europeas y nacionales) constituyen herramientas clave para movilizar el ahorro minorista hacia los mercados de valores y avanzar hacia mercados de capitales más profundos e integrados en la Unión Europea.

Desde una perspectiva de política económica, el alcance de estas iniciativas va mucho más allá del ámbito financiero. La movilización del ahorro tiene efectos directos sobre la capacidad de financiación de las empresas, la innovación, la digitalización y, en última instancia, la competitividad global de la economía europea.

No obstante, el éxito de esta agenda no está garantizado. Existen riesgos no desdeñables: una implementación excesivamente compleja, ausencia de incentivos fiscales adecuados, divergencias en la aplicación a nivel nacional o un enfoque demasiado restrictivo en materia de incentivos que limite la distribución de productos, entre otros.

Asimismo, será clave encontrar el equilibrio adecuado entre protección del inversor y acceso al mercado. Un exceso en el celo supervisor puede generar el efecto contrario al deseado, desincentivando la participación minorista en lugar de fomentarla.

En este contexto, si bien el papel de las entidades financieras será determinante, los supervisores tendrán un rol fundamental, no solo en la aplicación de las normas, sino en la promoción de un entorno coherente y predecible que favorezca la inversión a largo plazo.

Europa se encuentra, por tanto, en un momento decisivo. La SIU, la RIS y las iniciativas de la cuenta de ahorro y etiqueta europea representan una oportunidad única para redefinir el modelo financiero de la región y situarlo a la altura de los retos actuales.

La SIU puede ser el mecanismo que transforme ese potencial en realidad. Pero para ello necesita que todos sus ingredientes —infraestructura, regulación, distribución y confianza— se mezclen adecuadamente.

Si Europa consigue que los distintos ingredientes de la receta se empleen en su adecuada medida y tiempo, Europa podrá convertir su ahorro en inversión, su inversión en crecimiento y su crecimiento en competitividad.

Autoras: 

Sara Gutiérrez Campiña:

Sara es una de las socias fundadoras de finReg360, firma líder en regulación financiera en España. Posee más de 20 años de experiencia profesional asesorando a entidades financieras en la implantación de normativas como la Retail Investment Strategy (RIS), UCITS, AIFMD, crédito hipotecario/consumo, MiFID II, MAR, PRIIPs o PSD2, entre otras. Además, cuenta con amplia experiencia asesorando a entidades respecto a las normas de conducta aplicables a la prestación de servicios de inversión, la distribución de instrumentos financieros, los medios de pago y los productos bancarios. Anteriormente desarrolló su carrera profesional durante más de 10 años en el departamento regulatorio de Deloitte.

Gloria Hernández Aler:

Gloria es socia cofundadora de finReg360, firma líder en España en regulación financiera. Antes de fundar finReg360 en 2016, desarrolló su carrera profesional en la Bolsa de Madrid, en el Banco Interamericano de Desarrollo, en Cuatrecasas y en Deloitte, donde fue la socia responsable del área de regulación financiera. Además, cabe destacar que Gloria es socia fundadora de ASCOM (asociación española de Compliance Officers), socia fundadora de EJECON (asociación de mujeres directivas y consejeras), miembro del comité académico de FIDE y miembro del Comité Consultivo de la CNMV. Es abogada por la Universidad Complutense de Madrid y L.L.M por la Georgetown University en Washington DC, con Beca Fulbright.